¿Podemos facturar sin ser autónomas en 2023?

En España es posible facturar sin ser autónoma pero para hacerlo debemos cumplir una serie de requisitos y no debemos saltar ningún punto a la ligera. Vamos a explicar cada paso a tener en cuenta.

Muchas veces se tiene la creencia de que para facturar hay que ser autónoma, pero la realidad no es así. Son cuestiones que generan mucha confusión y vamos a intentar resolver con precisión esta cuestión. 

¿Se puede facturar legalmente sin estar dada de alta en autónoma? Lo cierto es que sí. Toda persona en edad de trabajar puede facturar legalmente sin estar dada de alta como autónoma. Ahora bien, esto no significa que todo el mundo pueda hacerlo libremente, ya que la figura de la persona autónoma carecería de sentido. La Seguridad Social ha establecido una serie de límites y requisitos para permitir esta posibilidad, y no cumplirlos equivale a recibir fuertes sanciones económicas. Es posible facturar sin ser autónoma de manera legal, pero hay que hacerlo con mucha cautela y sin abusar.

Requisitos a tener en cuenta:

  • El alta en Actividades Económicas (Hacienda): no puedes emitir ningún tipo de factura sin antes darte de alta en el registro de Actividades Económicas, es decir, Hacienda. Para ello, hay que rellenar y presentar el Modelo 036 o el Modelo 037. Es muy importante no confundir esta alta con la del RETA, que esa sí es para personas autónomas.
  • Que sea una actividad esporádica: es el requisito más importante para Hacienda. Estas facturas no pueden ser tu fuente de ingresos principal y tampoco pueden ser recurrentes. De ser así, el sistema lo detectará y recibirás una sanción económica.
  • No superar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI): realmente esto no es un requisito, pero sí algo favorable. En caso de que la Seguridad Social reclame que te des de alta por haber facturado sin ser autónoma, pero tu facturación no ha superado el SMI (1.000 € brutos al mes o 14.000 € anuales), los tribunales pueden fallar a tu favor al recurrir la sentencia, ya que se han dado casos. «Pueden», aunque no siempre tiene por qué aplicarse.

¿Cómo facturar sin ser autónoma?

Para poder facturar sin ser autónoma, además de asegurarte de no hacerlo de manera periódica y sin superar el SMI para evitar problemas con la Seguridad Social, debes darte de alta en Hacienda con el modelo 036 o el modelo 037. Hecho eso, podrás empezar a facturar. Pero ten cuidado, que no seas autónoma no significa que no debas aplicar impuestos a tus facturas. De hecho, tus posibles clientes declararán todas las facturas a Hacienda, y eso significa cruzar datos para comprobar que los impuestos se han declarado y las facturas se han hecho correctamente. Así pues, es necesario añadir el IVA en las facturas, siempre y cuando corresponda a la actividad que realizas, y también aplicar el tanto por ciento adecuado en relación con el IRPF. Son los dos impuestos que debes incluir en tus facturas, como hacen las personas autónomas. Es más, también tendrás que declarar el IVA e IRPF trimestral y anualmente, respectivamente. Eso es todo lo que debes tener en cuenta sobre la facturación en este caso. Una vez que acabes dicha actividad, puedes y debes darte de baja en Hacienda con los modelos que empleaste para darte de alta, y todo quedará bien cerrado.

¿Cuál es la multa por facturar sin ser autónoma?

Como ya hemos mencionado varias veces, si facturas sin ser autónoma y no cumples los requisitos legales, tarde o temprano acabarás recibiendo una sanción económica, una multa con todas las letras. ¿Y a cuánto asciende esa multa? La horquilla va de los 300 a los 3.000 €, dependiendo de las cantidades facturadas y del tiempo que se haya estado llevando a cabo la actividad. Además de eso, se exige el pago de las cuotas de autónomos correspondientes a todos los meses en los que se haya estado facturando sin estar dado de alta, aplicando también un recargo del 20% sobre cada cuota como interés por demora. Y, en caso de haber recibido el paro o algún subsidio, se te exigirá el reembolso de este.

¿Qué significa todo esto? Imaginemos que en enero comienzas a facturar sin ser autónoma y emites facturas mensualmente hasta noviembre. La Seguridad Social te envía una notificación en noviembre tras detectar tu actividad y te da de alta en el RETA, obligándote a pagar las cuotas que no has abonado. Es decir, tendrías que pagar las cuotas de autónomos desde enero hasta noviembre, junto con un recargo extra del 20% para cada uno. Si miramos la tabla de cuotas de 2023 y nos centramos en la mínima, de 230 € al mes, hablamos de un total de 2.530 € por los 11 meses más 506 por el 20% extra.

¿Es legal facturar sin ser autónoma si son menos de 3.000€?

¡Rotundamente no! Realmente esto es un mito que circula con bastante asiduidad entre la población, pero lo cierto es que no tiene fundamento ninguno.
Por lo general, se suele decir esto porque tanto las personas autónomas como las empresas están obligadas a presentar el modelo 347 para informar operaciones realizadas con un cliente o proveedor superiores a 3.005,06 €. Por este motivo, muchas veces se suele pensar que no hay problema en facturar sin ser autónoma si la cantidad total está por debajo de esos 3.000€, pero nada más lejos de la realidad, ya que es ir en contra de la Ley y te expones a recibir sanciones. Podemos facturar sin ser autónomas siempre que nuestra actividad sea esporádica y cumplamos con todas las premisas comentadas anteriormente.

NOTA: Los textos de esta sección los escriben voluntariamente remistas expertas en la materia, para resolver las dudas que plantean las socias de los grupos de WhatsApp con respecto a ciertos temas. Rem no se hace responsable de las opiniones y directrices profesionales que se expongan. 

María de la O Coca Pérez

Consultora financiera para OVB

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